Si eres traductor, redactor o corrector autónomo, tus servicios llevan IVA del 21 % y, cuando facturas a una empresa o agencia española, una retención de IRPF del 15 % (o del 7 % en tus tres primeros años). Con agencias de otros países la factura va sin IVA ni retención. Y si traduces un libro y cedes los derechos de autor a una editorial, la retención tiene sus propias reglas. Te explicamos cómo facturar cada encargo, con ejemplos de tarifa por palabra.
Índice
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- IVA y retención: la regla básica
- Cómo reflejar la tarifa por palabra
- Agencias y clientes de otros países
- Traducción literaria y derechos de autor
- Traducción jurada
- Interpretación
- Redactores y creadores de contenido
- Plataformas y mercados de traducción
- Gastos que más se deducen
- Una factura por encargo o una al mes
- Lista de comprobación antes de enviar la factura
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Guías para otras profesiones
- Fuentes
IVA y retención: la regla básica
La traducción, la interpretación, la redacción de contenidos y la corrección son actividades profesionales que tributan al 21 % de IVA cuando el servicio se presta en España.
En cuanto a la retención de IRPF:
| Cliente | Retención |
|---|---|
| Empresa, agencia o autónomo en España | 15 %, o 7 % en el año de inicio y los dos siguientes |
| Particular | Sin retención |
| Empresa o agencia de otro país | Sin retención |
Si casi todos tus clientes son agencias españolas que te retienen, probablemente no tengas que presentar el modelo 130: basta con que al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior haya llevado retención.
Cómo reflejar la tarifa por palabra
Los traductores y redactores suelen cobrar por palabra, por página o por hora. En la factura, el concepto debe permitir entender qué cobras y cómo se calcula el importe:
- Describe el encargo: idioma de origen y destino, tipo de texto y referencia del proyecto o pedido de la agencia.
- Indica la cantidad y el precio unitario sin IVA: número de palabras y precio por palabra.
- Si aplicas descuentos por repeticiones o coincidencias de memoria de traducción, muéstralos para que se entienda el importe final.
Ejemplo: traducción para una agencia española
| Concepto | Cantidad | Precio | Importe |
|---|---|---|---|
| Traducción EN>ES, manual técnico (pedido 4512) | 8.000 palabras | 0,08 € | 640,00 € |
| Revisión de terminología | 2 horas | 30,00 € | 60,00 € |
| Base imponible | 700,00 € | ||
| IVA (21 %) | 147,00 € | ||
| Retención de IRPF (15 %) | −105,00 € | ||
| Total a cobrar | 742,00 € |
Las tarifas del ejemplo son ilustrativas. Tienes los datos obligatorios de cualquier factura en los requisitos de una factura válida.
Agencias y clientes de otros países
Es muy habitual que un traductor trabaje para agencias de otros países. Aplica la regla general de los servicios entre empresas:
- Agencia de la UE con número de IVA válido: factura sin IVA, con la mención «Inversión del sujeto pasivo», alta en el ROI y declaración en el modelo 349.
- Agencia de fuera de la UE: factura sin IVA, como operación no sujeta por reglas de localización.
- Particulares de fuera de la UE: la traducción está entre los servicios que, prestados a particulares fuera de la UE, no se gravan en España.
Lo explicamos paso a paso en la guía para facturar a clientes de la UE y de fuera. Si muchas agencias te pagan en otra moneda, puedes indicar los importes en esa moneda, pero lleva tu contabilidad en euros.
Ejemplo: traducción para una agencia de Alemania
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Traducción DE>ES, catálogo de producto (pedido 88-221) | 900,00 € |
| IVA | Sin IVA, inversión del sujeto pasivo |
| Retención | No aplica |
| Total a cobrar | 900,00 € |
La factura incluye el número de IVA alemán de la agencia, que habrás comprobado en el sistema europeo VIES. En tu modelo 303 los 900 € van en la casilla 59, y en el modelo 349 con la clave «S».
Traducción literaria y derechos de autor
Si traduces un libro para una editorial, además del encargo sueles ceder los derechos de explotación de tu traducción. Para la retención, la Agencia Tributaria tiene una regla específica para los rendimientos de la cesión de derechos de obras literarias, artísticas o científicas:
- En general, el 15 %.
- El 7 %, si los ingresos del año anterior por estas obras fueron inferiores a 15.000 € y supusieron más del 75 % de tus ingresos de actividades y del trabajo.
- Los anticipos a cuenta de derechos que se devengarán a lo largo de varios años también llevan el 7 %.
Así figura en el cuadro de tipos de retención de la Agencia Tributaria. Los porcentajes por derechos de autor suelen pactarse en el contrato con la editorial y liquidarse periódicamente: conserva las liquidaciones junto a tus facturas.
Traducción jurada
La traducción jurada se factura igual que el resto: 21 % de IVA y retención si el cliente es una empresa española. Lo habitual es facturar por página o por documento. Si el cliente es un particular, puedes emitir factura simplificada cuando el importe no supere los 400 €, aunque muchos clientes la necesitan completa para presentarla ante un organismo.
Interpretación
Los servicios de interpretación en un congreso o una reunión pueden tener reglas de localización propias cuando se prestan en otro país o en eventos. Si interpretas en el extranjero o para organizadores de eventos de otros países, comprueba el caso con el localizador de servicios de la Agencia Tributaria antes de facturar.
Redactores y creadores de contenido
Si escribes artículos, textos para webs o contenidos para marcas:
- A empresas españolas: 21 % de IVA y retención del 15 % o el 7 %.
- Si colaboras con un medio de comunicación, tu factura sigue las mismas reglas de un profesional. Si el medio te da de alta como trabajador, ya no facturas: cobras una nómina.
- Si escribes para plataformas extranjeras, aplica las reglas de clientes de otros países.
Plataformas y mercados de traducción
Si consigues encargos a través de una plataforma en línea, fíjate en quién es tu cliente a efectos fiscales:
- Si la plataforma solo pone en contacto y la agencia o empresa te paga a ti, la factura va a nombre de esa empresa.
- Si es la plataforma quien te encarga el trabajo y te paga, la factura va a nombre de la plataforma, con su país y su número de IVA.
- Las comisiones que te cobra la plataforma son un gasto de tu actividad. Si la plataforma es extranjera y te factura a tu NIF intracomunitario, esa factura puede llevar inversión del sujeto pasivo y debes declararla en tu modelo 303.
Guarda los informes de pagos de la plataforma: te servirán para cuadrar tus ingresos con tus facturas.
Gastos que más se deducen
| Gasto | Comentario |
|---|---|
| Herramientas de traducción asistida | Licencias anuales o mensuales |
| Diccionarios y bases terminológicas | En papel o suscripción |
| Ordenador y periféricos | Se amortizan si son caros |
| Asociaciones profesionales | Cuotas de asociaciones de traductores |
| Formación y congresos | Relacionados con tu especialidad |
| Suministros de casa | Solo el 30 % de la parte dedicada a la actividad |
Más detalles en la guía de gastos deducibles del autónomo.
Una factura por encargo o una al mes
Si trabajas de forma continua para la misma agencia, no hace falta emitir una factura por cada pequeño encargo. Puedes emitir una factura recapitulativa que agrupe los encargos del mes, siempre que todos sean del mismo mes natural. Detalla cada pedido en una línea, con su referencia, sus palabras y su importe, para que la agencia pueda cuadrarla con sus órdenes de trabajo.
Las agencias suelen pedir que la factura lleve su número de pedido o de proyecto. Inclúyelo: agiliza el pago y evita devoluciones de facturas.
Lista de comprobación antes de enviar la factura
- Datos del cliente, con su NIF o su número de IVA si es extranjero.
- Referencia del pedido de la agencia.
- Palabras, precio unitario y descuentos por repeticiones.
- IVA y retención según el país del cliente: 21 % y retención si es una empresa española; sin IVA ni retención si es extranjera.
- Mención especial si no lleva IVA: inversión del sujeto pasivo o no sujeta.
- Moneda acordada y datos bancarios para el cobro.
Errores frecuentes
- No poner el detalle de palabras y precio en la factura, lo que complica justificar el importe.
- Aplicar retención a una agencia extranjera.
- Cobrar IVA a una agencia europea con número de IVA válido.
- Olvidar el modelo 349 con agencias de la UE.
- Confundir la retención por servicios con la de cesión de derechos de autor.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que estar colegiado o inscrito para traducir?
No para la traducción general. La traducción jurada exige el nombramiento oficial correspondiente.
¿Qué IVA aplico si traduzco un documento para un particular español?
El 21 %, sin retención. Si el importe no supera los 400 € con IVA, puedes emitir una factura simplificada; si el cliente la necesita para un trámite, es mejor emitir una completa con sus datos.
¿Puedo facturar a una agencia en libras o dólares?
Sí. Los importes pueden ir en cualquier moneda. Si la factura llevara IVA español, la cuota debe aparecer también en euros.
Guías para otras profesiones
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