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Autónomo al Corriente

Facturar a clientes de la UE y de fuera: IVA y menciones

Por Redacción de Autónomo al Corriente

Si prestas un servicio a una empresa de otro país, en general tu factura no lleva IVA español: el IVA se paga en el país de tu cliente. Si la empresa está en la Unión Europea, debes estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), comprobar su número de IVA, poner en la factura la mención «inversión del sujeto pasivo» y declarar la operación en el modelo 349. Si tu cliente es un particular, la regla cambia y muchas veces sí debes cobrar IVA español. Aquí tienes cada caso con ejemplos.

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La regla general de los servicios

La Ley del IVA, en su artículo 69, fija dónde se paga el IVA de un servicio:

Hay excepciones. Los servicios relacionados con inmuebles se gravan donde está el inmueble; los de restauración, eventos o transporte tienen reglas propias. La Agencia Tributaria tiene una página sobre prestaciones de servicios con el extranjero y un localizador para comprobar casos concretos.

Resumen por tipo de cliente

Cliente¿IVA español?Mención en la facturaDónde se declara
Empresa de la UE con número de IVA válidoNo«Inversión del sujeto pasivo»Modelo 303, casilla 59, y modelo 349
Empresa fuera de la UENoOperación no sujeta por reglas de localizaciónModelo 303, casilla 120
Particular de la UEEn general, síNinguna especialModelo 303, como una venta en España
Particular fuera de la UEDepende del servicioSi no lleva IVA, la causaModelo 303, casilla 120 si no lleva IVA

Clientes empresa de la Unión Europea

Es el caso más habitual para diseñadores, programadores, traductores o consultores que trabajan para empresas europeas. Los pasos son:

  1. Date de alta en el ROI, el Registro de Operadores Intracomunitarios, mediante el modelo 036. Sin este alta, tu NIF no aparece como operador intracomunitario y tu cliente puede tener problemas.
  2. Comprueba el número de IVA de tu cliente en el sistema europeo VIES, en la web de la Comisión Europea. Guarda una captura o el justificante de la consulta.
  3. Emite la factura sin IVA, con el número de IVA de tu cliente y la mención «Inversión del sujeto pasivo». Es tu cliente quien declarará el IVA en su país.
  4. Declárala en el modelo 303, en la casilla 59 de entregas intracomunitarias de bienes y servicios.
  5. Preséntala en el modelo 349, la declaración informativa de operaciones intracomunitarias, con la clave «S» de servicios prestados.

Ejemplo

Una programadora de Valencia hace una web para una empresa alemana por 3.000 €. Su factura:

DatoContenido
ClienteBeispiel GmbH, Berlín, número de IVA DE123456789
ConceptoDesarrollo de sitio web
Base imponible3.000,00 €
IVA0 €
MenciónInversión del sujeto pasivo
Total3.000,00 €

El número de IVA del ejemplo es ficticio. En su modelo 303 pondrá 3.000 € en la casilla 59 y no tendrá IVA que ingresar por esta factura. En el 349 del trimestre declarará los 3.000 € con la clave «S».

Clientes empresa fuera de la Unión Europea

Si tu cliente es una empresa de Estados Unidos, Reino Unido, Suiza o cualquier país fuera de la UE, el servicio tampoco lleva IVA español. En este caso:

Ejemplo: una traductora de Sevilla traduce el manual de un producto para una empresa de Nueva York por 1.200 €. Su factura no lleva IVA ni retención, incluye la mención de operación no sujeta por reglas de localización y el total es de 1.200 €. En el modelo 303 del trimestre pondrá 1.200 € en la casilla 120. No presenta el 349, porque el cliente no está en la UE. Si la empresa le paga en dólares, puede indicar el importe en dólares en la factura; en su contabilidad lo anotará en euros, al cambio del día de la operación.

Conviene que guardes pruebas de que tu cliente es una empresa: su número de registro o de impuestos, su web, el contrato o los correos de encargo.

Clientes particulares

Con los particulares la regla general es la contraria: el servicio se grava en España y lleva IVA español, tanto si el cliente vive en la UE como fuera. Hay dos excepciones importantes:

Si vendes productos

Si lo que vendes son bienes físicos, las reglas son otras:

La retención de IRPF con clientes extranjeros

Los clientes de otros países no aplican la retención española del 15 % o el 7 %. Esto tiene una consecuencia importante: si eres profesional y una parte importante de tus ingresos viene del extranjero, es probable que dejes de cumplir la regla del 70 % de ingresos con retención y tengas que presentar el modelo 130 cada trimestre.

Qué mención poner en cada caso

OperaciónTexto orientativo en la factura
Servicio a empresa de la UEInversión del sujeto pasivo
Servicio a empresa fuera de la UEOperación no sujeta al IVA español por reglas de localización (art. 69 de la Ley 37/1992)
Venta de bienes a empresa de la UEEntrega intracomunitaria exenta (art. 25 de la Ley 37/1992)
Exportación de bienesExportación exenta (art. 21 de la Ley 37/1992)

Además de la mención, la factura debe llevar todos los datos habituales que vimos en los requisitos de una factura válida. Puedes emitirla en otro idioma y con importes en otra moneda, pero cualquier cuota de IVA debe aparecer en euros.

El modelo 349

El modelo 349 es una declaración informativa: no se paga nada, pero hay que presentarla si tienes operaciones con empresas de otros países de la UE. Normalmente es trimestral y se presenta en los mismos plazos que el modelo 303. Se indica cada cliente con su número de IVA, el importe y la clave de la operación.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Necesito una factura en inglés?

No es obligatorio, pero puedes emitirla en cualquier idioma. Si lo haces en otro idioma, Hacienda puede pedirte una traducción.

¿Puedo facturar en dólares?

Sí. Los importes pueden ir en cualquier moneda. Si la factura llevara IVA español, la cuota de IVA debe indicarse también en euros.

¿Y si mi cliente europeo no tiene número de IVA?

Si no tiene un número de IVA válido en VIES, en general se trata como un particular y el servicio lleva IVA español. Pide a tu cliente que lo confirme antes de facturar.

Fuentes


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