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Autónomo al Corriente

Verifactu para autónomos: qué hacer antes de julio de 2027

Por Redacción de Autónomo al Corriente

Si eres autónomo y haces tus facturas con un programa informático, a partir del 1 de julio de 2027 ese programa tiene que cumplir Verifactu: el reglamento que obliga a que los sistemas de facturación guarden cada factura de forma que no se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro. Si facturas exclusivamente a mano, no te afecta. En esta guía verás si estás obligado, qué cambia en tus facturas y qué pasos dar antes de esa fecha.

Posible nuevo aplazamiento

El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció su intención de aplazar de nuevo Verifactu para que coincida con la factura electrónica obligatoria: octubre de 2027 para las empresas que facturan más de 8 millones de euros y octubre de 2028 para el resto, autónomos incluidos. Mientras no se apruebe y publique en el BOE, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos. Puedes seguir la información oficial en la página de Verifactu de la Agencia Tributaria. Actualizaremos esta guía cuando se apruebe.

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Qué es Verifactu, en dos minutos

Verifactu es el nombre popular del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo es acabar con el llamado software de doble uso: programas que permitían emitir una factura y después borrarla o cambiar su importe sin que quedara constancia.

Para conseguirlo, cada vez que tu programa emite o anula una factura debe generar un registro de facturación. Ese registro lleva una huella digital (un hash) encadenada con la del registro anterior. Si alguien modifica una factura antigua, la cadena se rompe y la manipulación se detecta.

Verifactu no cambia cuánto IVA o IRPF pagas ni te obliga a facturar a quien antes no facturabas. Cambia la herramienta con la que facturas.

Cuándo es obligatorio: las fechas actuales

El calendario se ha retrasado dos veces. Las fechas vigentes son las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE en diciembre de 2025, y son las que recoge el texto consolidado del reglamento:

QuiénFecha límite
Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligados1 de julio de 2027
Fabricantes y vendedores de programasYa obligados desde 2025
Cuidado con la información antigua

Muchos artículos de 2024 y 2025 todavía hablan del 1 de enero y el 1 de julio de 2026. Esas fechas ya no están en vigor.

Que los fabricantes ya estén obligados es una buena noticia: la mayoría de programas de facturación conocidos ya ofrecen versiones adaptadas. Tu tarea es comprobar que la tuya lo está y empezar a usarla con calma, no el último día.

¿Me afecta? La regla de los cuatro «no»

Si prefieres comprobarlo con un cuestionario, haz nuestro test de Verifactu en seis preguntas.

La Agencia Tributaria lo resume en sus preguntas frecuentes: estás obligado si emites facturas en España y se cumplen las cuatro condiciones siguientes:

  1. No facturas exclusivamente a mano: usas algún programa para emitir facturas.
  2. No estás en el Suministro Inmediato de Información (SII), ni por obligación ni de forma voluntaria.
  3. No tienes tu domicilio fiscal en el País Vasco ni en Navarra.
  4. No tienes una resolución de Hacienda que te exima.

Un autónomo típico, sin SII y con domicilio en territorio común, cumple las cuatro. Por tanto, si usa un programa para facturar, está obligado. Veamos los casos que generan más dudas.

Si facturas a mano

Si emites tus facturas en papel, a mano, sin ningún sistema informático, el reglamento no se aplica. Eso sí, la AEAT aclara que en general no puedes mezclar: no vale hacer unas facturas a mano y otras con un programa que no cumple.

Si facturas con Word o Excel

Es la duda más frecuente. Según la AEAT, un procesador de texto o una hoja de cálculo no se considera sistema de facturación si lo usas exclusivamente para escribir los datos de la factura, imprimirla o enviarla y guardarla.

Pasa a serlo si la hoja procesa esos datos para obtener otros resultados: por ejemplo, una plantilla con fórmulas o macros que genera automáticamente tu libro registro de facturas emitidas o tu contabilidad. En ese caso tendría que cumplir el reglamento, y una hoja de cálculo casera no puede hacerlo. Lo analizamos con ejemplos en la guía para facturar con Excel o Word.

Si estás en módulos o en recargo de equivalencia

En estimación objetiva (módulos), recargo de equivalencia o el régimen agrario, muchas operaciones no obligan a emitir factura. Pero cuando emites facturas con un programa, ya sea por obligación o porque quieres, ese programa debe cumplir Verifactu. Lo detallamos en la guía de autónomos en módulos y Verifactu.

País Vasco, Navarra y Canarias

En el País Vasco se aplica TicketBAI y Navarra tiene su propio régimen, así que Verifactu no te afecta si tu domicilio fiscal está allí. En Canarias, Ceuta y Melilla sí se aplica: el IGIC y el IPSI se tratan como el IVA a estos efectos.

Las dos formas de cumplir

El reglamento permite dos modalidades. Las elige tu programa, normalmente con un ajuste en la configuración:

Modalidad VERI*FACTUModalidad sin envío
Qué haceEnvía cada registro a la AEAT de forma automáticaGuarda los registros en tu sistema
Firma electrónica de cada registroNo hace faltaObligatoria
Si Hacienda te pide los registrosYa los tieneDebes entregarlos
Leyenda en la factura«VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT»Sin leyenda

Para la mayoría de autónomos, la modalidad VERI*FACTU es la más sencilla: el programa envía los registros por ti y te ahorras custodiar firmas y registros. Ten en cuenta que, si la eliges, debes mantenerla al menos hasta el final del año natural en que hiciste el primer envío. Las comparamos con ejemplos en Verifactu o no Verifactu: las dos modalidades.

Qué cambia en tus facturas

Las facturas seguirán llevando los datos de siempre: número y serie, fecha, tus datos y los del cliente, descripción, base imponible, tipo de IVA, retención si corresponde y total. Los tienes todos, con un ejemplo, en los requisitos de una factura válida. Además, con Verifactu:

Además, el fabricante de tu programa debe facilitar una declaración responsable que certifique que cumple el reglamento. Pídela o búscala en su web antes de contratar.

Qué pasa si no cumples

Las sanciones están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria y son altas:

La multa al usuario se basa en tener un sistema no conforme, no en haber defraudado. Por eso no conviene apurar con un programa antiguo sin actualizar. Lo detallamos en la guía de sanciones por no adaptarse a Verifactu.

Qué hacer antes del 1 de julio de 2027: lista de comprobación

  1. Revisa cómo facturas hoy. ¿A mano, con Word o Excel, con un programa instalado o con una aplicación en la nube? Si es una hoja de cálculo con fórmulas que llevan tu libro de facturas, apúntalo como punto a cambiar.
  2. Pregunta a tu proveedor si tu programa ya está adaptado y pide su declaración responsable. Si no responde con claridad, empieza a buscar alternativa.
  3. Elige la modalidad. Si no tienes un motivo concreto para lo contrario, VERI*FACTU.
  4. Prueba antes de la fecha. Emite algunas facturas de prueba, comprueba que llevan el QR y que el programa registra bien las rectificativas.
  5. Revisa tus series de numeración. Es buen momento para ordenar series (por ejemplo, una para facturas ordinarias y otra para rectificativas).
  6. Habla con tu gestoría si la tienes. Muchas trabajan con programas concretos y te ahorrarán una migración doble.
  7. Haz el cambio con margen. Lo ideal es empezar un trimestre antes, por ejemplo en abril de 2027, para cerrar el segundo trimestre sin sorpresas.

¿Programa de pago o aplicación gratuita de Hacienda?

La AEAT ofrece una aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU en su sede electrónica. Entras con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico y no tienes que instalar nada.

Te puede bastar si emites pocas facturas completas, no necesitas tickets y no quieres pagar una cuota mensual.

Se te quedará corta si necesitas facturas simplificadas, presupuestos, control de cobros, gastos o informes para tus trimestres, o si quieres sacar tus datos a otro programa. Es una herramienta básica.

Los programas de facturación de pago suelen costar entre unos pocos euros y unas decenas de euros al mes. A cambio, añaden funciones que te ahorran tiempo en los modelos trimestrales. Antes de decidir, calcula cuántas facturas emites al mes y cuánto tiempo dedicas a preparar el 303 y el 130. Tienes precios y planes en nuestra comparativa de programas de facturación.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Verifactu es obligatorio para autónomos en 2026?

No. En 2026 puedes usar un programa adaptado de forma voluntaria, pero la obligación para autónomos empieza el 1 de julio de 2027.

¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda?

Solo si eliges la modalidad VERI*FACTU, y lo hace tu programa de forma automática. En la modalidad sin envío, los registros se guardan en tu sistema y los entregas si Hacienda te los pide.

Si me doy de alta como autónomo en 2027, ¿qué hago?

Elige desde el principio un programa adaptado o la aplicación gratuita de la AEAT. Así no tendrás que migrar más adelante.

¿Tengo que cambiar de programa?

Solo si el tuyo no está adaptado. Pide a tu proveedor la declaración responsable: si la tiene, normalmente basta con actualizar.

Fuentes


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