Si tributas en módulos y emites facturas o tiques con un programa o un TPV, desde el 1 de julio de 2027 ese sistema deberá cumplir Verifactu, igual que el de cualquier otro autónomo. Estar en módulos cambia cómo se calcula tu IRPF y, en muchos casos, tu IVA, pero no cómo debe funcionar el programa con el que facturas. Si en tu actividad apenas emites facturas, o las haces a mano, Verifactu no te afecta. Aquí tienes los casos y las opciones.
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció su intención de aplazar de nuevo Verifactu para que coincida con la factura electrónica obligatoria: octubre de 2027 para las empresas que facturan más de 8 millones de euros y octubre de 2028 para el resto, autónomos incluidos. Mientras no se apruebe y publique en el BOE, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos. Puedes seguir la información oficial en la página de Verifactu de la Agencia Tributaria. Actualizaremos esta guía cuando se apruebe.
Índice
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- Qué son los módulos
- Los límites para 2026
- ¿Tienes que facturar si estás en módulos?
- Cuándo te afecta Verifactu
- Tus opciones para cumplir
- Ejemplo: un bar en módulos
- Calendario para adaptarte
- La retención del 1 %
- Módulos y factura electrónica
- ¿Te conviene seguir en módulos?
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
Qué son los módulos
La estimación objetiva, conocida como módulos, es un régimen del IRPF en el que tu rendimiento no se calcula con tus ingresos y gastos reales, sino con unos signos fijados por Hacienda para cada actividad, como el personal empleado, la superficie del local o la potencia eléctrica. En el IVA, muchas de estas actividades van en el régimen simplificado, que funciona de forma parecida.
Se aplica a determinadas actividades, sobre todo comercio, hostelería, transporte, oficios y servicios personales, siempre que no superes ciertos límites.
Los límites para 2026
Según la Agencia Tributaria, el Real Decreto-ley 2/2026 prorrogó para 2026 los límites de los años anteriores:
| Límite | Importe |
|---|---|
| Volumen de ingresos del año anterior, del conjunto de actividades | 250.000 € |
| Operaciones con obligación de facturar a empresarios | 125.000 € |
| Compras de bienes y servicios del año anterior, sin inversiones | 250.000 € |
Además, la orden de módulos para 2026 permite reducir un 5 % el rendimiento neto calculado por módulos. Si superas alguno de los límites, pasas a estimación directa al año siguiente.
¿Tienes que facturar si estás en módulos?
Es la pregunta clave, porque Verifactu solo afecta a quien factura con un sistema informático. En el régimen simplificado del IVA y en el recargo de equivalencia, el reglamento de facturación no obliga a emitir factura en muchas operaciones con particulares. Pero sí estás obligado cuando:
- El cliente es un empresario o profesional que actúa como tal.
- El cliente la pide para ejercer un derecho de naturaleza tributaria.
- El cliente es una persona jurídica, como una asociación.
En la práctica, la mayoría de negocios en módulos emiten tiques o facturas a todos sus clientes, porque su TPV o su programa lo hace automáticamente.
Cuándo te afecta Verifactu
La Agencia Tributaria lo aclara en sus preguntas frecuentes: quienes están en el régimen simplificado, el recargo de equivalencia o el régimen agrario, aunque en general no estén obligados a facturar, deben cumplir el reglamento cuando facturan con un sistema informático, ya sea por obligación o de forma voluntaria.
| Cómo facturas | ¿Te afecta Verifactu? |
|---|---|
| TPV o programa que emite tiques o facturas | Sí, desde el 1 de julio de 2027 |
| Factura a mano en talonario, sin ningún sistema informático | No |
| Word o Excel solo para escribir, imprimir y guardar | No, según la AEAT |
| No emites ninguna factura | No |
Recuerda la regla de no mezclar: no puedes emitir unas facturas con un programa y otras a mano.
Tus opciones para cumplir
1. Adaptar tu TPV o programa
Si ya cobras con un TPV, la opción más sencilla es pedir a tu proveedor la versión adaptada y su declaración responsable. Comprueba que los tiques llevan el código QR al principio y que el sistema no permite borrar tiques emitidos. Tienes los detalles en la guía del QR de Verifactu.
2. Usar la aplicación gratuita de la AEAT
Es gratuita y cumple Verifactu, pero no emite tiques: solo facturas completas. Puede servir si solo facturas de vez en cuando a empresas, por ejemplo un taxista que factura a una empresa o un albañil que trabaja para una constructora.
3. Facturar a mano
Si emites pocas facturas, puedes hacerlas a mano en un talonario, sin ningún sistema informático. Verifactu no te afecta, pero cada factura debe llevar todos los datos obligatorios y tienes que llevar la numeración con cuidado.
Tienes una comparación de opciones en la comparativa de programas de facturación.
Ejemplo: un bar en módulos
Un bar tributa en módulos en el IRPF y en el régimen simplificado del IVA. Cobra con un TPV que imprime tiques a todos los clientes y, de vez en cuando, emite facturas completas a empresas que hacen comidas de trabajo.
- Su IRPF y su IVA se siguen calculando con los módulos de su actividad: Verifactu no los cambia.
- Su TPV es un sistema de facturación: desde el 1 de julio de 2027 debe estar adaptado, y cada tique llevará el QR.
- Las facturas completas a empresas deben salir del mismo TPV o programa, en una serie distinta de la de los tiques.
- Si el TPV no se adapta, el bar se expone a las sanciones por no adaptarse a Verifactu, de 50.000 € por ejercicio.
Calendario para adaptarte
- Ahora: pregunta a tu proveedor de TPV o de programa si tendrá una versión adaptada y pide la declaración responsable.
- Primer semestre de 2027: instala la versión adaptada, haz tiques de prueba y escanea el QR.
- Antes del 1 de julio de 2027: retira cualquier programa antiguo que pueda emitir facturas, después de exportar tus datos.
- Desde el 1 de julio de 2027: todos tus tiques y facturas salen del sistema adaptado.
- Antes de octubre de 2028: si facturas a empresas, comprueba que tu sistema emitirá facturas electrónicas.
La retención del 1 %
En determinadas actividades empresariales en módulos, cuando facturas a una empresa o a otro autónomo, tu cliente debe aplicarte una retención del 1 %, según el cuadro de retenciones de la Agencia Tributaria. Afecta sobre todo a actividades de construcción, carpintería, fontanería, transporte y otros oficios. Si es tu caso, tu programa debe permitir emitir facturas con esa retención.
Ejemplo: un albañil en módulos que factura a una constructora
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Trabajos de albañilería en obra, octubre | 3.000,00 € |
| IVA (21 %) | 630,00 € |
| Retención de IRPF (1 %) | −30,00 € |
| Total a cobrar | 3.600,00 € |
Si el trabajo fuera para una constructora en una obra de construcción o rehabilitación, podría aplicarse la inversión del sujeto pasivo y la factura iría sin IVA, como explicamos en la facturación para fontaneros, electricistas y reformas.
Módulos y factura electrónica
La factura electrónica obligatoria entre empresas, que llegará a los autónomos el 6 de octubre de 2028, también te afectará en las facturas que emitas a empresas y autónomos, aunque estés en módulos. Las facturas simplificadas a particulares quedan fuera. Si gran parte de tus clientes son empresas, conviene elegir ya un programa que contemple las dos obligaciones.
¿Te conviene seguir en módulos?
Verifactu no te obliga a salir de módulos. Pero el cambio de programa es un buen momento para revisar si te conviene:
- En módulos pagas según los signos de tu actividad, aunque ganes más o menos.
- En estimación directa pagas según tus ingresos y gastos reales, y tienes que llevar más registros.
Si tus ingresos reales están muy por debajo de lo que calculan los módulos, o si has hecho inversiones grandes, la estimación directa puede salirte mejor. La renuncia a módulos se presenta normalmente en diciembre o en enero, y para 2026 el plazo se amplió hasta el 16 de febrero de 2026. Consulta los plazos de cada año antes de decidir.
Errores frecuentes
- Pensar que los módulos te eximen de Verifactu. Si facturas con un sistema informático, te afecta.
- Mezclar tiques del TPV con facturas a mano para algunos clientes.
- Usar la aplicación de la AEAT para cobrar a particulares con tiques, cuando no los emite.
- Olvidar la retención del 1 % en las facturas a empresas.
- No vigilar los límites de 125.000 € en facturas a empresarios.
Preguntas frecuentes
¿Un taxista en módulos tiene que cumplir Verifactu?
Si emite los tiques o facturas con un taxímetro o un programa que factura, en general sí. Consulta con el fabricante de tu sistema si está adaptado.
¿Tengo que presentar el modelo 303 si estoy en módulos?
Depende de tu régimen de IVA. Si estás en el régimen simplificado, presentas el 303 con un cálculo especial basado en módulos. Si estás en el recargo de equivalencia, no lo presentas por esas ventas, como explicamos en la guía del recargo de equivalencia.