En 2027, un autónomo presenta el IVA y el IRPF trimestral del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre; la renta, normalmente de abril al 30 de junio. Algunas fechas se trasladan porque caen en fin de semana: el cuarto trimestre de 2026 se puede presentar hasta el lunes 1 de febrero de 2027 y el modelo 347, hasta el 1 de marzo. Aquí tienes el calendario completo mes a mes y un archivo para añadirlo a tu calendario del móvil.
Añade todas las fechas a tu móvil o a tu calendario de Google, Outlook o Apple con el archivo calendario-fiscal-autonomo-2027.ics. Cada fecha lleva un aviso cinco días antes.
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Las fechas clave de un vistazo
| Fecha límite | Qué presentas |
|---|---|
| 20 de enero de 2027 | Retenciones del 4.º trimestre de 2026 (modelos 111 y 115), si te corresponden |
| 1 de febrero de 2027 | IVA e IRPF del 4.º trimestre de 2026 (303 y 130), resumen anual del IVA (390) y resúmenes de retenciones (190 y 180) |
| 1 de marzo de 2027 | Operaciones con terceros (347) |
| 20 de abril de 2027 | IVA e IRPF del 1.er trimestre (303 y 130) |
| Abril a 30 de junio de 2027 | Declaración de la renta de 2026 (fechas exactas por confirmar) |
| 20 de julio de 2027 | IVA e IRPF del 2.º trimestre |
| 20 de octubre de 2027 | IVA e IRPF del 3.er trimestre |
| 31 de enero de 2028 | IVA e IRPF del 4.º trimestre de 2027 y resumen anual del IVA |
Las fechas de la campaña de la renta las fija Hacienda cada año. Las indicadas son las habituales; las confirmaremos cuando se publique el calendario oficial del contribuyente de 2027.
Mes a mes
Enero
- Del 1 al 20: modelos 111 y 115 del cuarto trimestre de 2026, si tienes trabajadores, pagas a profesionales con retención o alquilas un local.
- Hasta el 1 de febrero: el modelo 303 y el modelo 130 del cuarto trimestre de 2026. El plazo normal acaba el 30 de enero, pero en 2027 cae en sábado.
- Hasta el 1 de febrero: el resumen anual del IVA (390), salvo que estés exonerado, y los resúmenes anuales de retenciones (190 y 180), si presentas los modelos 111 o 115.
Febrero
- Durante todo el mes: el modelo 347, de operaciones con terceros, si has tenido operaciones de más de 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor en 2026. Como el 28 de febrero cae en domingo, el plazo se extiende al 1 de marzo.
- Hasta el último día de febrero: puedes pedir el cambio de base de cotización con efectos del 1 de marzo.
Marzo
- 1 de marzo: último día para el modelo 347.
- No hay modelos trimestrales. Buen momento para preparar la renta y revisar tus gastos del año anterior.
Abril
- Del 1 al 20: IVA e IRPF del primer trimestre de 2027, y modelos 111 y 115 si te corresponden.
- Hasta el 30: cambio de base de cotización con efectos del 1 de mayo.
- Inicio de la campaña de la renta de 2026, normalmente a principios de mes.
Mayo y junio
- Campaña de la renta de 2026. Tienes cómo hacerla en la guía de la declaración de la renta del autónomo.
- Finales de junio: último día para presentar la renta con domiciliación, normalmente el 25.
- 30 de junio: fin habitual de la campaña de la renta. También es el último día para el cambio de base con efectos del 1 de julio.
Julio
- 1 de julio: fecha legal vigente de Verifactu para los autónomos. El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció su intención de aplazarla a octubre de 2028; está pendiente de aprobación.
- Del 1 al 20: IVA e IRPF del segundo trimestre.
Agosto y septiembre
- Hasta el 31 de agosto: cambio de base con efectos del 1 de septiembre.
- No hay modelos trimestrales.
Octubre
- 6 de octubre: la factura electrónica pasa a ser obligatoria para las empresas que facturan más de 8 millones de euros. Si son tus clientes, puede que empieces a recibir sus facturas en formato electrónico.
- Del 1 al 20: IVA e IRPF del tercer trimestre.
- Hasta el 31: cambio de base con efectos del 1 de noviembre.
Noviembre
- Principios de mes: segundo plazo de la renta, si la fraccionaste.
Diciembre
- Hasta el 31: cambio de base de cotización con efectos del 1 de enero de 2028.
- Plazo habitual de renuncia o revocación de módulos para el año siguiente. Lo explicamos en la guía de autónomos en módulos y Verifactu.
Los cambios de base de cotización
Puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año. Estas son las fechas de efecto:
| Si lo pides entre… | Se aplica desde… |
|---|---|
| 1 de enero y 28 de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Tienes cómo elegir la base en la guía de la cuota de autónomos.
Qué modelos te tocan
No todos los autónomos presentan los mismos modelos:
| Modelo | Quién lo presenta |
|---|---|
| 303 (IVA trimestral) | Casi todos, salvo quien solo hace operaciones exentas o está en recargo de equivalencia |
| 130 (IRPF trimestral) | Estimación directa, salvo profesionales con al menos un 70 % de ingresos con retención |
| 131 (IRPF trimestral) | Estimación objetiva (módulos) |
| 111 (retenciones) | Si tienes trabajadores o pagas a profesionales que te facturan con retención |
| 115 (retenciones de alquileres) | Si alquilas un local a un arrendador que no está exento de retención |
| 390 (resumen anual del IVA) | Quien presenta el 303, salvo los casos exonerados |
| 347 (operaciones con terceros) | Si superas 3.005,06 € con un cliente o proveedor en el año, en operaciones no declaradas en otros modelos |
| 100 (renta) | Todos los autónomos |
Cómo organizarte para no fallar ningún plazo
- Añade el calendario descargable a tu móvil: cada fecha lleva un aviso cinco días antes.
- Reserva un día fijo en la primera semana de abril, julio, octubre y enero para preparar los trimestres, aunque tengas hasta el 20.
- Cierra el trimestre en tu programa de facturación el primer día hábil del mes: revisa que todas las facturas emitidas y recibidas están anotadas.
- Domicilia los pagos si quieres despreocuparte del cargo, teniendo en cuenta que el plazo de domiciliación acaba antes.
- Revisa tu base de cotización cada vez que presentes el 130, por si te conviene cambiarla en el siguiente plazo.
- Guarda los justificantes de cada presentación en una carpeta por año.
Si se te pasa un plazo
Si presentas un modelo fuera de plazo por tu cuenta, antes de que Hacienda te lo requiera, pagarás un recargo que empieza en el 1 % y crece con el retraso, más intereses a partir de cierto tiempo. Si es Hacienda quien te lo reclama, la sanción es mayor. Por eso conviene tener las fechas en el calendario y no dejar los modelos para el último día.
Errores frecuentes
- Confiar en el «día 20» sin mirar el calendario: cuando cae en fin de semana o festivo nacional, el plazo pasa al siguiente día hábil.
- Olvidar que el plazo de domiciliación termina unos días antes.
- No presentar el trimestre porque no ha habido actividad: si estás de alta, hay que presentarlo igualmente.
- Olvidar los resúmenes anuales de enero.
- Dejar la renta para los últimos días de junio.
Preguntas frecuentes
¿Las fechas son las mismas en todas las comunidades?
Los plazos de los modelos de la Agencia Tributaria son comunes. En el País Vasco y Navarra, las haciendas forales tienen calendarios y modelos propios.
¿Cuándo se publica el calendario oficial?
La Agencia Tributaria publica el calendario del contribuyente de cada año en su sede electrónica, normalmente a final del año anterior. Revisaremos este calendario cuando se publique el de 2027.