Para darte de alta como autónomo en 2026 necesitas dos trámites gratuitos que puedes hacer tú mismo por internet: el alta en Hacienda con el modelo 036, antes de empezar tu actividad, y el alta en la Seguridad Social, hasta 60 días naturales antes del inicio. Hazlos en ese orden. En el alta en la Seguridad Social eliges tu base de cotización y tu mutua, y pides la tarifa plana si te corresponde. A continuación tienes cada paso, las decisiones que tendrás que tomar y lo que viene después.
Índice
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- Antes de empezar: lo que necesitas
- Paso 1: alta en Hacienda con el modelo 036
- Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)
- Paso 3: pide la tarifa plana si te corresponde
- Paso 4: otros trámites según tu actividad
- Ejemplo: el alta de Ana, traductora
- Cuánto cuesta darse de alta
- Qué obligaciones empiezan al día siguiente
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
Antes de empezar: lo que necesitas
- Un sistema de identificación digital: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Con él harás los dos trámites desde casa.
- Tu número de la Seguridad Social. Si has trabajado alguna vez, ya lo tienes. Si no, puedes pedirlo en la sede de la Seguridad Social.
- Saber qué actividad vas a hacer y desde dónde: tu domicilio, un local o en casa de tus clientes.
- Una previsión de tus ingresos y gastos para el primer año. La necesitarás para elegir tu base de cotización.
- Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota de autónomos.
Paso 1: alta en Hacienda con el modelo 036
El alta en Hacienda se hace con el modelo 036, la declaración censal. Desde el 3 de febrero de 2025 ya no existe el modelo 037: la Orden HAC/1526/2024 lo suprimió y sus funciones pasaron al 036, que incluye una modalidad simplificada para personas físicas.
Se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria antes de empezar la actividad. En él indicas:
- Tus datos personales y tu domicilio fiscal.
- La fecha de inicio de la actividad.
- El epígrafe del IAE que corresponde a tu actividad. Las personas físicas están exentas de pagar este impuesto, pero tienen que declarar el epígrafe.
- El lugar donde la ejerces, si es distinto de tu domicilio, por ejemplo un local.
- Tu régimen de IVA: el general, para la mayoría de profesionales; el recargo de equivalencia, si eres comerciante minorista, o indicar que tus operaciones están exentas.
- Tu régimen de IRPF: casi todos los autónomos nuevos tributan en estimación directa simplificada. Algunas actividades pueden acogerse a módulos.
Cómo elegir el epígrafe del IAE
El epígrafe es el código que describe tu actividad. Los de la sección 1 son actividades empresariales, como el comercio o la construcción. Los de la sección 2 son actividades profesionales, como la consultoría o el diseño. La diferencia importa: si tu epígrafe es profesional, tendrás que aplicar retención de IRPF en las facturas a empresas.
Si haces varias actividades, puedes darte de alta en varios epígrafes. Si dudas entre dos, elige el que describa mejor lo que facturarás.
Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)
El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se tramita en Import@ss, el portal de la Seguridad Social. Según la Tesorería General de la Seguridad Social, debes hacerlo antes de empezar tu actividad, con un máximo de 60 días naturales de antelación.
Si lo haces dentro de plazo, el alta surte efecto desde el día en que empiezas la actividad. Si te retrasas, se aplica desde el primer día del mes y, además, puedes tener recargos y perder la tarifa plana.
En el alta tendrás que decidir tres cosas:
- Tu base de cotización. La eliges a partir de tu previsión de rendimientos netos mensuales. La cuota es el 31,5 % de esa base. Tienes la tabla completa y cómo calcular tu tramo en la guía de la cuota de autónomos de 2026.
- Tu mutua colaboradora con la Seguridad Social. Es la entidad que gestionará tus bajas por enfermedad o accidente y la prestación por cese de actividad. Su elección es obligatoria y no cambia lo que pagas.
- La tarifa plana, si cumples los requisitos. Marca la casilla al pedir el alta.
Paso 3: pide la tarifa plana si te corresponde
La tarifa plana es una cuota reducida durante tu primer año como autónomo: 80 € al mes más el MEI, unos 88,5 € en total, durante 12 meses, que pueden ampliarse otros 12 si tus rendimientos netos no superan el salario mínimo. Tienes derecho si:
- No has estado de alta como autónomo en los dos años anteriores, o en los tres anteriores si ya la disfrutaste antes.
- Estás al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.
No se aplica sola: tienes que solicitarla al darte de alta. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, las víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo tienen periodos más largos. Tienes todos los detalles en la guía de la tarifa plana de 2026.
Paso 4: otros trámites según tu actividad
No todos los autónomos los necesitan, pero conviene revisarlos:
- Licencia o declaración responsable municipal, si abres un local al público. Cada ayuntamiento tiene sus normas.
- Colegiación profesional, si tu profesión la exige, como la abogacía, la arquitectura o la fisioterapia.
- Comunicar la retención reducida a tus clientes. Si eres profesional, durante el año de inicio y los dos siguientes puedes facturar con un 7 % de retención en lugar del 15 %, avisando a tu cliente por escrito.
- Inscripción en registros sectoriales, por ejemplo en transporte, alimentación o turismo.
Ejemplo: el alta de Ana, traductora
Ana va a empezar a trabajar como traductora autónoma el 1 de marzo. Sus clientes serán sobre todo agencias de traducción. Así organiza su alta:
| Cuándo | Qué hace |
|---|---|
| Enero | Obtiene la Cl@ve y calcula que ganará unos 1.400 € netos al mes |
| Mediados de febrero | Presenta el modelo 036: epígrafe profesional de traducción, IVA general y estimación directa simplificada, con inicio el 1 de marzo |
| Finales de febrero | Pide el alta en el RETA con fecha 1 de marzo, elige su mutua y marca la tarifa plana |
| 1 de marzo | Empieza a trabajar y envía a sus clientes un escrito para aplicar la retención del 7 % |
| Del 1 al 20 de abril | Presenta su primer modelo 303, aunque solo haya facturado un mes |
Como sus clientes son empresas que le retienen el IRPF en todas las facturas, Ana no tendrá que presentar el modelo 130. Durante su primer año pagará la cuota reducida. Al terminarlo, cotizará por el tramo que corresponda a sus ingresos reales.
Cuánto cuesta darse de alta
Los trámites en sí son gratuitos si los haces tú: ni el modelo 036 ni el alta en la Seguridad Social tienen tasa. Lo que sí tiene coste:
| Concepto | Coste aproximado |
|---|---|
| Modelo 036 y alta en la Seguridad Social | Gratis |
| Certificado digital de persona física | Gratis |
| Cuota de autónomos el primer año con tarifa plana | Unos 88,5 € al mes (80 € más el MEI) |
| Cuota sin tarifa plana | Desde 205,88 € al mes, según tu tramo |
| Gestoría, si prefieres que lo hagan por ti | Variable |
Qué obligaciones empiezan al día siguiente
Darte de alta es el principio. Desde ese momento tendrás que:
- Emitir facturas con todos los datos obligatorios. Tienes la lista completa en los requisitos de una factura válida.
- Presentar el IVA cada trimestre con el modelo 303, aunque no factures nada.
- Presentar el pago fraccionado del IRPF con el modelo 130, si tus clientes no te practican retención en la mayoría de tus facturas.
- Llevar los libros registro de ingresos, gastos y facturas.
- Pagar la cuota de autónomos cada mes y revisar tu base si tus ingresos cambian.
- Preparar tu programa de facturación para Verifactu, obligatorio para los autónomos desde el 1 de julio de 2027.
Errores frecuentes
- Empezar a facturar antes del alta. Toda actividad facturada sin estar de alta puede regularizarse con recargos.
- Darse de alta en la Seguridad Social y olvidar Hacienda, o al revés. Son dos trámites independientes y necesitas los dos.
- Elegir un epígrafe que no corresponde, lo que puede cambiar si debes aplicar retención o qué IVA cobras.
- No pedir la tarifa plana en el alta porque se da por hecho que es automática.
- Elegir la base mínima sin pensar en la regularización. Si ganas más de lo previsto, pagarás la diferencia al año siguiente.
Preguntas frecuentes
¿Qué va primero, Hacienda o la Seguridad Social?
Hacienda. Presenta primero el modelo 036 y después el alta en la Seguridad Social. Así, cuando tramites el alta en el RETA, tu actividad ya constará en el censo.
¿Puedo darme de alta solo unos días o unos meses?
Sí. Puedes darte de alta y de baja cuando empieces y termines tu actividad. Las tres primeras altas de cada año, si se presentan en plazo, tienen efecto desde el día exacto en que empiezas.
¿Tengo que darme de alta si gano menos del salario mínimo?
En general, sí: la obligación depende de que hagas la actividad de forma habitual, no de cuánto ganes. Si tus ingresos son muy bajos, cotizarás en los primeros tramos de la tabla reducida.
¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?
Sí, es la llamada pluriactividad. Cotizas en los dos regímenes y, si superas cierto límite de cotización, puedes recuperar parte del exceso.