En 2026, la tarifa plana de autónomos es una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses de actividad, a la que se suma la cotización del mecanismo de equidad intergeneracional (MEI): en total, unos 88,5 € al mes. Si en tu segundo año prevés ganar menos del salario mínimo, puedes prorrogarla otros 12 meses. No es automática: tienes que pedirla al darte de alta. A continuación tienes los requisitos, cuánto ahorras y los errores que hacen perderla.
Índice
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- Cuánto se paga exactamente en 2026
- Cuánto te ahorras
- Requisitos
- Cómo solicitarla
- El segundo año: la prórroga
- Colectivos con condiciones especiales
- Ejemplo: Marta, diseñadora web
- Cuándo puedes perder la tarifa plana
- ¿Te conviene siempre?
- Prepárate para cuando termine
- Errores frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
Cuánto se paga exactamente en 2026
La cuota reducida es de 80 € al mes. Como en 2026 no se han aprobado unos nuevos Presupuestos Generales del Estado, el Real Decreto-ley 3/2026, publicado en el BOE el 4 de febrero de 2026, mantiene para este año el sistema de cotización de los autónomos de 2025.
A esos 80 € se añade la cotización por el MEI, que el mismo real decreto-ley fija en el 0,9 % en 2026. Por eso el recibo que llega es algo mayor: alrededor de 88,5 € al mes. Verás que algunas webs dicen 88,56 € y otras 88,64 €; la diferencia depende de sobre qué base se calcula el MEI. El importe exacto aparece en tu recibo y en Import@ss.
Cuánto te ahorras
La cuota mínima sin tarifa plana es de 205,88 € al mes, la del primer tramo de la tabla reducida, y sube según tus ingresos. Tienes la tabla completa en la guía de la cuota de autónomos de 2026.
| Rendimientos netos al mes | Cuota mínima sin tarifa plana | Con tarifa plana | Ahorro en 12 meses |
|---|---|---|---|
| Hasta 670 € | 205,88 € | Unos 88,5 € | Unos 1.400 € |
| De 1.300 a 1.500 € | 302,65 € | Unos 88,5 € | Unos 2.570 € |
| De 1.850 a 2.030 € | 380,88 € | Unos 88,5 € | Unos 3.500 € |
| Más de 6.000 € | 607,35 € | Unos 88,5 € | Unos 6.220 € |
Durante el primer año, la tarifa plana es igual para todos, ganes lo que ganes.
Requisitos
Puedes pedirla si cumples estas condiciones:
- Te das de alta por primera vez como autónomo, o no has estado de alta en los dos años anteriores.
- Si ya disfrutaste de la tarifa plana en el pasado, el plazo sin estar de alta es de tres años.
- Estás al corriente de pago con Hacienda y con la Seguridad Social. Con deudas pendientes no se aplica ninguna reducción.
- La solicitas en el momento del alta.
Cómo solicitarla
Se pide en el mismo trámite del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en Import@ss, marcando la opción de la cuota reducida. Si lo haces con una gestoría, asegúrate de que la marque.
Recuerda que antes tienes que haber presentado el alta en Hacienda con el modelo 036. Tienes el proceso completo en la guía para darse de alta como autónomo.
El segundo año: la prórroga
Al terminar los 12 primeros meses, puedes mantener la cuota reducida otros 12 meses si tus rendimientos netos previstos para ese segundo año son inferiores al salario mínimo interprofesional anual. En 2026, el salario mínimo es de 1.221 € al mes en 14 pagas, según el Real Decreto 126/2026, es decir, 17.094 € al año.
La prórroga tampoco es automática:
- Solicítala antes de que terminen los primeros 12 meses, en Import@ss.
- Declara tus rendimientos previstos para ese segundo periodo.
- Cuando Hacienda tenga tus datos reales, la Seguridad Social los comprobará. Si al final tus rendimientos fueron iguales o superiores al salario mínimo, te reclamará las cuotas que no pagaste por la reducción.
Por eso, si dudas de si superarás el salario mínimo, piénsalo antes de pedirla: puede salirte una factura de varios miles de euros al año siguiente.
Colectivos con condiciones especiales
Según la Seguridad Social, las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, las víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo tienen condiciones más largas:
- 80 € al mes durante 24 meses, en lugar de 12.
- Después, 160 € al mes durante 36 meses más, si sus rendimientos netos previstos son inferiores al salario mínimo.
Además, algunas comunidades autónomas tienen ayudas que reembolsan total o parcialmente la tarifa plana durante el primer año. Se piden aparte, en tu comunidad, y cada una tiene sus requisitos y plazos.
Ejemplo: Marta, diseñadora web
Marta se da de alta el 1 de marzo de 2026 y nunca había sido autónoma. Marca la tarifa plana en el alta:
| Periodo | Qué paga | Por qué |
|---|---|---|
| Marzo 2026 a febrero 2027 | Unos 88,5 € al mes | Primer año de tarifa plana |
| Marzo 2027 a febrero 2028 | Unos 88,5 € al mes | Pide la prórroga porque prevé ganar unos 14.000 € netos, menos que el salario mínimo |
| Desde marzo 2028 | Según su tramo de ingresos | Termina la reducción y cotiza por ingresos reales |
Si en su segundo año hubiera ganado 20.000 € netos, más que el salario mínimo, la Seguridad Social le reclamaría la diferencia entre lo que pagó y lo que le correspondía por su tramo.
Cuándo puedes perder la tarifa plana
- Si te das de baja antes de terminar el periodo. Si vuelves a darte de alta, no la recuperas, salvo que ya hayan pasado los plazos de dos o tres años.
- Si acumulas deudas con la Seguridad Social o con Hacienda.
- Si en la prórroga superas el salario mínimo: no la pierdes durante el año, pero te reclamarán lo que dejaste de pagar.
¿Te conviene siempre?
En casi todos los casos sí, porque el ahorro el primer año es grande. Ten en cuenta dos cosas:
- Tus prestaciones se calculan sobre lo que cotizas. Durante la tarifa plana cotizas menos, y eso puede reducir lo que cobrarías si tuvieras una baja larga en ese periodo.
- No te libra del resto de obligaciones. Tendrás que presentar el IVA trimestral con el modelo 303, adelantar el IRPF con el modelo 130 si te corresponde, y emitir facturas correctas desde el primer día.
Prepárate para cuando termine
El salto al acabar la tarifa plana es el momento que más sorprende a los autónomos nuevos. De pagar unos 88,5 € al mes pasas a la cuota de tu tramo de ingresos, que puede triplicarse o más. Tres consejos para que no te pille desprevenido:
- Calcula tu tramo unos meses antes. Con los datos de tus modelos 130 o de tu contabilidad, estima tus rendimientos netos mensuales y mira qué cuota te tocará.
- Empieza a apartar la diferencia antes de tiempo. Si tu cuota futura será de 380 € al mes, reservar desde ahora esa cantidad cada mes te acostumbra al gasto real.
- Elige bien la base desde el primer mes sin reducción. Si eliges una base demasiado baja, la regularización del año siguiente te reclamará la diferencia de golpe.
Durante la tarifa plana también conviene vigilar tus ingresos. Aunque pagues una cantidad fija, tus rendimientos reales siguen contando para decidir si puedes pedir la prórroga.
Errores frecuentes
- Pensar que se aplica sola. Si no la marcas al darte de alta, pagarás la cuota completa desde el primer mes.
- Darse de baja unos meses y volver. Al volver a darte de alta pierdes la reducción que te quedaba, y no podrás pedirla de nuevo hasta que pasen los plazos.
- Pedir la prórroga sin hacer números. Si superas el salario mínimo, tendrás que devolver la reducción de todo el segundo año.
- Tener una deuda pequeña olvidada con Hacienda o la Seguridad Social, que impide aplicar la reducción.
- Confundir la tarifa plana estatal con las ayudas autonómicas. Son trámites distintos y las ayudas se piden aparte.
Preguntas frecuentes
¿La tarifa plana sigue existiendo en 2026?
Sí. Las altas de 2026 pueden acogerse a la cuota reducida de 80 € al mes más el MEI durante 12 meses, con la posible prórroga de otros 12.
¿El tiempo con tarifa plana cuenta para la jubilación?
Sí. Durante la tarifa plana estás de alta y cotizando, así que ese tiempo cuenta como cotizado. Lo que cambia es la cuantía: como cotizas menos, ese periodo pesa menos en el cálculo de la pensión que si hubieras cotizado por una base más alta.
Ya fui autónomo hace años. ¿Puedo pedirla?
Sí, si no has estado de alta en los dos años anteriores. Si ya disfrutaste de la tarifa plana, deben haber pasado tres años.
¿Puedo pedirla si soy autónomo societario?
Depende de tu situación concreta. Consulta la sede de la Seguridad Social o pregunta a una gestoría antes de darte de alta.
¿Qué pasa si se me olvidó marcarla en el alta?
En general, la reducción hay que solicitarla en el alta. Si se te pasó, contacta cuanto antes con la Seguridad Social para revisar tu caso.